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Rifas, premios y sorteos “por compras” en Colombia:

lo que debes tener en cuenta para hacerlo bien

En retail es común impulsar las ventas con campañas tipo: “por compras desde $X, participa por un premio”. Estas estrategias funcionan, pero si incluyen azar (un ganador definido por sorteo) y premios, en Colombia pueden caer dentro del marco de juegos de suerte y azar, con reglas específicas sobre autorizaciones, plan de premios, publicidad, entrega y soporte documental.

La buena noticia: con una planeación correcta, puedes ejecutar tu campaña con claridad para el cliente y reduciendo riesgos para tu negocio (multas, reclamos o invalidación del sorteo). Aquí te dejamos una guía práctica.

1) Primero: identifica si es “juego promocional” o “rifa”

Antes de imprimir volantes o publicar en redes, define qué modalidad aplica:

A. Juego promocional (muy común en campañas “por compras”)

La normativa reconoce los promocionales como una modalidad organizada con fines de publicidad o promoción, donde se ofrece un premio al público sin que para acceder se pague directamente (por ejemplo, participar por comprar un producto, sin pagar “extra” por entrar al sorteo).

Ojo: aunque no haya pago “directo” para participar, si hay azar + premio, puede requerir reglas y trámite según el alcance.

B. Rifa (cuando hay boletas numeradas a precio fijo)

La autoridad describe la rifa como un juego con fecha predeterminada, donde se sortean premios en especie entre quienes hayan adquirido o sean poseedores de boletas numeradas puestas en venta a precio fijo.

Regla práctica para decidir rápido

  • Si vendes boletas para participar → normalmente es rifa.
  • Si la gente participa por cumplir condiciones de compra (sin pagar adicional por “entrar”) → normalmente es juego promocional.

2) Segundo: define el alcance (local vs. nacional) porque cambia el trámite

En documentos de requisitos, se indica que Coljuegos autoriza los juegos de carácter nacional, entendidos como los que operan en la jurisdicción de dos o más departamentos (en promocionales) o dos o más departamentos / departamento y Distrito Capital (en rifas, según el instructivo).

  • Si tu campaña aplica en varias regiones/departamentos: probablemente es de carácter nacional → trámite ante Coljuegos.
  • Si solo aplica en un municipio o un solo departamento: suele ser competencia de la entidad territorial correspondiente (por ejemplo, autoridad local o SCPD, según corresponda). En todo caso, lo clave es no asumir: se debe validar la autoridad competente por el alcance.

3) Checklist legal esencial (lo mínimo que deberías preparar)

3.1. Reglamento claro (términos y condiciones)

Aunque muchas campañas fallan por “detalles”, lo más importante es que tu cliente tenga información suficiente y verificable, alineado con el enfoque de protección al consumidor (derecho a información adecuada, elecciones informadas, etc.).

Incluye, como mínimo:

  • Vigencia (fechas), cobertura (ciudades/departamentos), y quiénes pueden participar.
  • Condición de participación (por compras desde $X, productos participantes, etc.).
  • Descripción del premio (marca/modelo si aplica), cantidad de ganadores y cómo se elige.
  • Fecha/hora/lugar del sorteo o mecanismo de selección y cómo se publican resultados.
  • Plazos y condiciones de entrega del premio, y qué pasa si no se reclama.

3.2. Plan de premios y soportes

Para solicitar autorización (cuando aplique), se piden documentos asociados al plan de premios, como facturas/cotizaciones o soportes de propiedad, y soportes financieros de disponibilidad.

3.3. Premios: cuidado con el dinero

En el compilado normativo (Decreto 1068, compilación citada), se establece que no se pueden ofrecer o entregar premios en dinero, salvo excepción para entidades financieras y aseguradoras; por regla general, los premios deben ser bienes o servicios (y se excluyen títulos valores y similares).

3.4. Entrega del premio y soportes del sorteo (plazos y actas)

Se contempla que los premios promocionales deben entregarse en un plazo no mayor a 30 días calendario desde la fecha del sorteo, y que debe dejarse acta o constancia del sorteo y de la entrega, enviándolas a la autoridad correspondiente (Coljuegos o SCPD, según aplique) dentro de los plazos definidos.

Además, si el plan de premios supera ciertos umbrales, se prevé la asistencia de un delegado de la autoridad administrativa del lugar (o al menos la solicitud de acompañamiento, según el caso).

3.5. Publicidad: lo que prometes, lo cumples

Si vas a publicitar la campaña, en requisitos de trámite aparece el proyecto de pauta publicitaria como parte del expediente. Es decir: lo que anuncias debe ser consistente con el reglamento, premios y cronograma.

3.6. Datos personales (cuando registras participantes)

Si vas a pedir nombre, cédula, celular o correo para registrar compras/participaciones, incluye un texto de autorización de tratamiento de datos y finalidades. En comunicaciones empresariales ya es común referenciar la Ley 1581 de 2012 sobre protección de datos, como se ve en el pie legal del correo.


4) ¿Qué trámites existen? (vista práctica)

Autorización de juegos promocionales (carácter nacional)

Coljuegos describe el trámite como la autorización para organizar y operar juegos promocionales para publicitar o promocionar bienes/servicios, ofreciendo un premio al público, sin pago directo para acceder

En el listado de requisitos (carácter nacional) se incluyen, entre otros:

  • Formulario de solicitud.
  • Soportes del plan de premios y disponibilidad presupuestal.
  • Proyecto de pauta publicitaria.
  • Presentación previa (se menciona una anticipación no inferior a 10 días calendario antes del inicio de campaña publicitaria).

Autorización de rifas (carácter nacional)

Coljuegos también publica el trámite para rifas nacionales, con requisitos asociados a:

  • Formulario de solicitud, certificados, RUT/cédula.
  • Soportes de propiedad y avalúos/facturas de premios.
  • Texto de la boleta con datos mínimos (valor, fecha del sorteo, descripción del premio, etc.).

5) Errores comunes que te pueden meter en problemas

  1. Lanzar el sorteo sin definir si es rifa o promocional (y por tanto sin el trámite que corresponda).
  2. Ofrecer dinero como premio sin estar dentro de la excepción aplicable.
  3. No dejar acta/constancia del sorteo y de la entrega del premio.
  4. Prometer en publicidad algo distinto a lo definido en el reglamento/boleta/plan de premios.
  5. No contemplar protección al consumidor: condiciones ambiguas, cambios sin soporte, o falta de información.

6) Buenas prácticas (recomendadas) para retail

  • Define una mecánica fácil: “por compras desde $X” + registro automático.
  • Publica un reglamento corto y un enlace al reglamento completo.
  • Prepara un “kit de soporte”: facturas del premio, acta del sorteo, lista de participantes, evidencia de entrega.
  • Protege los datos personales desde el formulario/QR/WhatsApp con texto de autorización y finalidades.


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