Facturación en talonario o papel

Facturación de talonario o papel

La factura de talonario o de papel es una modalidad subsidiaria o residual para el cumplimiento de la obligación de facturar. Sus requisitos especiales en concordancia con lo exigido en el artículo 617 del Estatuto Tributario están dispuestos en el artículo 12 de la Resolución DIAN No. 000042 de 2020.

¿Cuándo se usa la factura de talonario o de papel?

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Resolución DIAN No. 000042 de 2020 los sujetos obligados a facturar podrán expedir factura de talonario o de papel, así:

1. Cuando se presenten inconvenientes tecnológicos establecidos en el TITULO VII de la Resolución DIAN No. 000042 de 2020, tratándose de sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta, o

2. En los casos establecidos en los parágrafos 1 y 2 del artículo 8 de la Resolución DIAN No. 000042. A saber, cuando inicien a ser considerados como facturadores electrónicos, por un plazo máximo de dos meses desde que adquiera la obligación como sujetos obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente y, los sujetos que opten por el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE, quienes tendrán un plazo de dos (2) meses contados a partir de la inscripción que se realice del citado régimen en el Registro Único Tributario -RUT, para adoptar el sistema de facturación electrónica.

Del mismo modo el parágrafo de la norma referida dispone que: “La factura de venta de talonario o de papel se deberá generar para su expedición de forma manual o autógrafa o a través de sistemas informáticos electrónicos que permitan la interacción, en cuyo caso, se entenderán cumplidos los requisitos de impresión previa de que trata el artículo 617 del Estatuto Tributario y los requisitos establecidos en los numerales 1, 2, 4 y 12 del artículo 12 de esta resolución”.

 

…Los sujetos obligados a facturar podrán expedir factura de talonario cuando se presenten inconvenientes tecnológicos (…), tratándose de sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta…

 

Tomado del Concepto Unificado de Facturación Electrónica No. 0106 DEL 19 DE AGOSTO DE 2022

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